Argentina sancionó en 2015 la Ley 27.159 de Prevención Integral de Muerte Súbita. Establece obligaciones concretas para empresas y espacios públicos: instalar DEA, capacitar al personal y mantener los equipos en funcionamiento. ¿Sabés si tu lugar de trabajo cumple?

Existe una ley. Y es obligatoria.

En Argentina muere una persona por muerte súbita cada 15 minutos. Son aproximadamente 45.000 fallecimientos por año, la mayoría fuera de los hospitales: en la calle, en un gimnasio, en el trabajo. Frente a este panorama, en 2015 el Congreso sancionó la Ley Nacional 27.159, que crea el Sistema de Prevención Integral de Eventos por Muerte Súbita en espacios públicos y privados de acceso público, reglamentada finalmente en 2022. 

No es una recomendación. No es una guía de buenas prácticas. Es una ley con obligaciones, plazos y sanciones.

Sin embargo, todavía hay empresas, comercios y organizaciones que no saben que existe, o que saben que existe pero no la cumplen. Este artículo explica de qué trata, qué exige y por qué importa.

¿Qué dice la ley exactamente?

El objeto de la ley es regular un sistema de prevención integral de eventos por muerte súbita en espacios públicos y privados de acceso público, a fin de reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular.

En términos concretos, la ley establece cuatro pilares:

  1. Instalar desfibriladores (DEA)

Los espacios públicos y los privados de acceso público deben instalar la cantidad de DEA que determine la autoridad de aplicación. El decreto reglamentario 402/2022, que tardó siete años en llegar, fijó ese umbral: los lugares públicos y privados de acceso público con concentración o circulación superior a 1.000 personas por día deberán contar con al menos un desfibrilador automático externo.

  1. Garantizar accesibilidad y señalización

No alcanza con tener el equipo guardado en un cajón. Los DEA deben estar instalados en lugares de fácil acceso para su utilización ante una situación de emergencia, y su ubicación debe estar claramente señalizada. Además, las instrucciones de uso deben colocarse en lugares estratégicos, deben ser claramente visibles y diseñadas en forma clara y entendible para personal no sanitario.

  1. Mantener los equipos en condiciones

Los titulares o responsables de la administración o explotación de los espacios deben mantener en forma permanente los DEA en condiciones aptas de funcionamiento para su uso inmediato. Un desfibrilador sin batería o con los electrodos vencidos no sirve de nada en el momento crítico.

  1. Capacitar al personal

Este punto es central y suele ser el más ignorado. Los titulares o responsables deben capacitar a todo el personal a su cargo, de modo tal que siempre haya alguien disponible para aplicar las técnicas del uso de los DEA y RCP. No se trata de que haya un equipo en la pared: se trata de que alguien sepa usarlo en cualquier turno, cualquier día.

¿Quién paga? ¿Quién responde?

La ley es clara en esto también. Los costos derivados del cumplimiento de la ley para los espacios privados de acceso público están a cargo de sus propietarios. No es responsabilidad del empleado ni del Estado: es del titular o responsable del espacio.

Y si no se cumple, hay consecuencias. Las infracciones pueden ser sancionadas con apercibimiento, publicación de la resolución en un medio de difusión masivo, y multa desde pesos mil ($1.000) hasta pesos cien mil ($100.000), susceptible de ser aumentada hasta el décuplo en caso de reiteración.

Un artículo que suele pasar desapercibido: el de la responsabilidad del que actúa

Uno de los aspectos más importantes de la ley —y menos conocidos— es el artículo que protege a quienes intervienen. Ninguna persona interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley está sujeta a responsabilidad civil, penal ni administrativa derivada del cumplimiento de la misma, es decir, la persona que interviene en la reanimación que exenta de toda responsabilidad civil, penal y administrativa.

En palabras simples: si alguien en tu empresa aplica RCP o usa el DEA siguiendo los protocolos y la persona no sobrevive, esa persona no puede ser demandada. Este artículo existe precisamente para eliminar uno de los miedos más frecuentes que paraliza a los testigos de un paro cardíaco: el temor a las consecuencias legales.

 

¿Y si mi empresa no llega a las 1.000 personas diarias?

La ley aplica formalmente a los espacios que superen ese umbral según la reglamentación. Pero una empresa de 30 personas sigue siendo un lugar donde alguien puede sufrir un paro cardíaco. Y en ese espacio, los compañeros serán los primeros en estar ahí. Capacitar al personal en RCP básica, es una decisión que no requiere una ley que la exija. Requiere querer hacerlo. Es importante tener en cuenta también el tipo de actividad que realiza la empresa, si es que implica un riesgo o no para la salud.

El cumplimiento hoy: una deuda pendiente

La pregunta no es solo si tu empresa cumple con la ley. La pregunta es si, en este momento, si alguien se desploma en tu oficina, ¿Hay alguien que sepa qué hacer?

Ese es el verdadero test.

¿Querés saber si tu empresa está en regla? El primer paso es revisar si tienen un DEA instalado, si está señalizado, si funciona y si alguien sabe usarlo. La Ley 27.159 está disponible en argentina.gob.ar

Si queres estar preparado, contactanos y te ayudamos para que tu equipo sepa cómo actuar y tu empresa esté en regla.